Hacienda retrasa la entrada en vigor de Verifactu a 2027

El Gobierno ha aprobado mediante el Real Decreto-ley 15/2025 un aplazamiento en la entrada en vigor obligatoria de Verifactu a 2027. Verifactu es el sistema oficial de facturación electrónica impulsado por Agencia Tributaria (AEAT) — dentro del marco de la Ley Antifraude (Ley 11/2021) — que establece que las facturas emitidas por empresas, pymes y autónomos mediante software de facturación deben cumplir unos requisitos estrictos de trazabilidad, integridad e inalterabilidad.

Qué cambia

Como hemos mecionado, el 2 de diciembre de 2025 el Gobierno aprobó mediante el Real Decreto-ley 15/2025 un aplazamiento en la entrada en vigor obligatoria de Verifactu. El nuevo calendario establece:

  • Para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades: obligación desde 1 de enero de 2027.
  • Para autónomos y otras entidades bajo IRPF / pymes que usan software de facturación: obligación desde 1 de julio de 2027.

La prórroga supone que, en lugar de entrar en vigor en 2026 como estaba previsto originalmente, Verifactu se incorporará definitivamente en 2027. Es importante destacar que este retraso no supone una cancelación del sistema: la obligación sigue en vigor, simplemente se traslada el plazo.

A quién afecta

El reglamento asociado — el Real Decreto 1007/2023 — regula qué sistemas son válidos, exige el uso de software certificado, la generación de un identificador único para cada factura, y en muchos casos la inclusión de un código QR. Una vez emitida una factura bajo Verifactu, esta no puede modificarse; cualquier corrección debe realizarse mediante una factura rectificativa. El objetivo declarado del sistema es reforzar el control fiscal, reducir el fraude tributario y mejorar la transparencia en las transacciones económicas.

La obligación de usar Verifactu se aplica a quienes emiten facturas mediante un sistema informático de facturación. No están obligados quienes facturan manualmente — es decir, aquellos que no usan un software de facturación — aunque si en el futuro emplean uno, deberán que cumplir los requisitos de Verifactu. Algunas comunidades autónomas con regímenes forales (por ejemplo, tradiciones fiscales especiales) pueden tener particularidades, algo que conviene revisar caso por caso.

Qué deben hacer ahora las pymes
  • Verificar si su método de facturación actual depende de un sistema informático: si usan facturación manual, no hay obligación inmediata. Si usan software de facturación, deben prepararse para migrar a uno compatible con Verifactu.
  • Vigilar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del decreto-ley que formaliza las nuevas fechas. Hasta entonces la norma puede estar sujeta a cambios.
  • Si planean anticiparse: evaluar soluciones de facturación compatibles con Verifactu para poder emitir facturas conforme al reglamento desde 2027.
  • Mantener comunicación con expertos como Goom para asegurar cumplimiento normativo y evitar sanciones en el futuro.

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