El Ministerio de Hacienda ha comunicado su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de aplicación de VeriFactu, con el objetivo de coordinar su entrada en vigor con la futura obligatoriedad de la factura electrónica para empresas y profesionales con una facturación anual inferior a 8 millones de euros.
No obstante, es importante tener en cuenta que este cambio todavía debe aprobarse mediante la correspondiente modificación normativa, por lo que las fechas actualmente vigentes no se consideran oficialmente modificadas hasta su publicación definitiva.
¿Por qué se aplaza VeriFactu?
La medida busca favorecer la convergencia entre dos iniciativas que afectan directamente a los procesos de facturación de empresas y autónomos:
- El Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (VeriFactu).
- La futura factura electrónica obligatoria derivada de la Ley Crea y Crece.
El objetivo es evitar que las organizaciones tengan que afrontar adaptaciones tecnológicas en distintos momentos y facilitar una transición más coordinada desde el punto de vista normativo y técnico. Además, Hacienda ha indicado que esta convergencia permitirá avanzar hacia una mayor alineación con los futuros requisitos de reporte digital establecidos por la iniciativa europea ViDA (VAT in the Digital Age).
¿Qué cambia con el nuevo calendario?
Hasta ahora, las fechas previstas para la adaptación a VeriFactu eran:
- 1 de enero de 2027 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados.
Con el anuncio realizado por Hacienda, la previsión es trasladar estas obligaciones a octubre de 2028, alineándolas con el calendario previsto para la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos con una facturación anual inferior a 8 millones de euros.
Lo que no cambia
Aunque se amplía el plazo de adaptación, el aplazamiento no supone la desaparición de los requisitos establecidos por la normativa.
Hacienda ha confirmado que se mantendrán los principios fundamentales exigidos a los sistemas de facturación, entre ellos:
- Integridad de los registros.
- Conservación de la información.
- Accesibilidad y legibilidad de los datos.
- Trazabilidad de las operaciones.
- Inalterabilidad de los registros generados por el sistema.
En otras palabras, cambia el calendario previsto, pero no el objetivo de garantizar una facturación más segura, trazable y transparente.
¿Deben las empresas seguir preparándose?
Sí. Aunque el aplazamiento proporciona más margen de adaptación, la recomendación sigue siendo revisar con antelación los procesos de facturación y asegurarse de que el software utilizado evoluciona conforme a los requisitos normativos previstos. Además, hasta que el cambio sea aprobado formalmente, las fechas actualmente recogidas en la normativa siguen siendo las oficialmente vigentes.
Preguntas frecuentes
No. Hacienda ha anunciado la previsión de aplazarlo hasta octubre de 2028, pero la modificación todavía debe formalizarse mediante la correspondiente norma.
La fecha comunicada por Hacienda es octubre de 2028, coincidiendo con la previsión de entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria para empresas y autónomos con una facturación inferior a 8 millones de euros.
No. VeriFactu regula los requisitos que deben cumplir los sistemas de facturación para garantizar la trazabilidad e integridad de los registros, mientras que la factura electrónica regula el intercambio electrónico de facturas entre empresas y autónomos.
Según la información comunicada por Hacienda, los requisitos relacionados con integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad seguirán manteniéndose en términos sustancialmente equivalentes, pese al aplazamiento anunciado.






